Modalidades para invertir en bienes inmuebles en México si eres extranjero

Modalidades para invertir en bienes inmuebles en México si eres extranjero

Introducción

Invertir en bienes inmuebles en México representa una gran oportunidad para quienes desean hacer negocios.

Varias son las razones. Entre las principales, se puede mencionar el fuerte crecimiento tanto del sector turístico como del industrial debido al llamado “Nearshoring“.

Este efecto está impactando también el sector inmobiliario. El aumento de la demanda de nuevos inmuebles tanto para acoger a los turistas en constante crecimiento como a las muchas empresas que se están estableciendo en México para llevar a cabo actividades de producción, maquila, almacenamiento, distribución de bienes, es innegable y aún debe ser satisfecho.

Además, la cercanía con los Estados Unidos atrae a una clientela con alto poder adquisitivo, la estabilidad de la política interna garantiza seguridad a la inversión y la neutralidad de la política exterior, en el complicado contexto actual, hace de México uno de los pocos países a salvo de peligrosas dinámicas geopolíticas internacionales.

En un contexto como este, cada vez son más los inversionistas extranjeros que deciden apostar por México. Y muchos deciden hacerlo en el sector inmobiliario.

Pero ¿cómo, un extranjero, puede, en concreto, puede invertir en inmuebles en México? ¿Existen límites o modalidades particulares que se tengan que respetar?

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Libertad de invertir, pero con modalidades diferentes

En primer lugar, es importante mencionar que la normativa mexicana no pone límites a la posibilidad de realizar inversiones inmobiliarias en México, incluso directamente, por parte de sujetos extranjeros.

Sin embargo, establece algunas distinciones importantes que, aunque no afectan la posibilidad de realizar la inversión, condicionan sus modalidades.

Partiría por indicar primero cuáles son estas distinciones, para luego ver cuáles son las modalidades para realizar la inversión.

Zona Restringida

La primera distinción se refiere a la diferencia entre una inversión inmobiliaria realizada dentro de la llamada Zona Restringida o fuera de ella.

La llamada Zona Restringida es una franja de tierra que delimita todo el territorio mexicano. En particular, comprende la frontera norte, la frontera sur, la costa este que “mira” al Atlántico y la oeste hacia el Pacífico. En específico, la parte correspondiente a las fronteras norte y sur tiene una amplitud de 100 km, mientras que la parte correspondiente a la zona costera, tanto este como oeste, tiene una amplitud de 50 km.

Inversión directa o indirecta

La segunda distinción se refiere a la voluntad del sujeto extranjero, ya sea una persona física o una empresa extranjera (no mexicana), de realizar la inversión directamente o indirectamente, en calidad de socio/accionista de una sociedad mexicana.

Finalidad de la inversión

La tercera y última distinción prevista por la normativa mexicana se refiere a la finalidad de la inversión. En específico, se establece una diferencia entre una inversión inmobiliaria con fines residenciales o no residenciales. Es decir, se quiere diferenciar el caso de la compra de un inmueble (o de un terreno para construirlo) como residencia propia o para utilizarlo, por ejemplo, con fines de hospedaje, para construir un hotel, un parque industrial, un centro comercial, etc.

Modalidades de inversión

De nuevo, independientemente de las distinciones mencionadas anteriormente, es posible para un sujeto no mexicano realizar la inversión inmobiliaria en México, pero las modalidades pueden ser diferentes:

  • Si una persona física extranjera o una sociedad extranjera quisiera realizar directamente (no como socio/accionista de una sociedad mexicana) una inversión inmobiliaria en México dentro de la Zona Restringida, podrá hacerlo únicamente a través de la figura jurídica del Fideicomiso. Esto independientemente de la finalidad de la inversión, residencial o no residencial.
  • Si, en cambio, el sujeto extranjero (persona física o moral extranjera) decidiera realizar la inversión dentro de la Zona Restringida utilizando una sociedad mexicana de la cual es socio/accionista, se aplicará la distinción mencionada anteriormente entre finalidad residencial y no residencial de la inversión. En el primer caso, la sociedad mexicana de la cual el sujeto extranjero es socio/accionista podrá hacer la inversión únicamente a través de la figura del Fideicomiso; en el segundo caso (finalidades no residenciales), la empresa mexicana podrá adquirir directamente el inmueble.

Inversión dentro de la Zona Restringida

En resumen, dentro de la Zona Restringida:

-. El sujeto extranjero (persona física o moral extranjera) que NO es socio/accionista de una sociedad mexicana:

  • Podrá realizar la inversión únicamente utilizando el Fideicomiso, independientemente de las finalidades (residenciales o no).

-. El sujeto extranjero (persona física o moral extranjera) socio/accionista de una sociedad mexicana:

  • Podrá adquirir el inmueble directamente con la sociedad mexicana, si la inversión inmobiliaria no tiene finalidades residenciales;
  • Podrá adquirir el inmueble únicamente utilizando el Fideicomiso si la inversión inmobiliaria tiene finalidades residenciales.

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Inversión fuera de la Zona Restringida

¿Y si un sujeto extranjero (persona física o moral extranjera) quisiera adquirir directamente un inmueble fuera de la Zona Restringida?

En este caso, la normativa mexicana no impone el uso del Fideicomiso, dejando libre al inversionista de decidir qué modalidad utilizar: directamente, o a través de una empresa extranjera o mexicana, o utilizando un Fideicomiso.

¿Qué es el Fideicomiso?

Pero ¿qué es el Fideicomiso? Para explicarlo y comprenderlo bien sería necesario dedicarle un contenido específico, sin embargo, a continuación, dejo algunos puntos que pueden ser de ayuda.

Se trata de un contrato con características peculiares. Para intentar entenderlo, podría ser útil pensar en la figura del trust. Bajo muchos aspectos, el trust y el Fideicomiso tienen características comunes. Como en el trust, también en el Fideicomiso hay un sujeto, llamado fideicomitente, que dispone de uno o más bienes para destinarlos a determinados fines. Estos bienes se asignan a la gestión de otro sujeto (en México casi exclusivamente los bancos pueden desempeñar este papel. Aquí está una diferencia importante con el trust) llamado fiduciario (que podría asimilarse al trustee). Finalmente, hay un tercer sujeto llamado fideicomisario, que puede asociarse al beneficiario de un trust.

Es un contrato muy flexible y, por ello, muy utilizado en México para diversos fines. Entre ellos, para lo que interesa en este artículo, también para permitir a personas físicas o jurídicas extranjeras realizar inversiones inmobiliarias en México dentro de la Zona Restringida. En particular, en esta específica tipología de Fideicomiso inmobiliario, el sujeto extranjero podrá asumir el rol de fideicomisario, es decir, de beneficiario del inmueble. Podrá utilizarlo a su antojo y obtener los respectivos frutos, sin embargo, no llegará a ser su pleno propietario. La propiedad se reserva al banco fiduciario que, sin embargo, dispondrá de él de acuerdo a las condiciones contractuales pactadas también con el beneficiario. Este último, por tanto, aunque no sea formalmente propietario del inmueble, podrá ejercer los derechos como si lo fuera.

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