Introducción
Si estás pensando en empezar un negocio en México o has decidido expandir tu negocio en el mercado norteamericano, puede serte útil saber cuáles son los mejores tipos de sociedades para hacerlo.
Soy Giovanni Braccini, abogado en México. Mi despacho, Braccini&Partners, proporciona asistencia legal, corporativa y fiscal tanto a personas físicas como a empresas que desean crear una empresa en México y expandir su negocio en el país norteamericano. Si necesitas más información, no dudes en contactarme en cualquier momento haciendo clic aquí.
Los “vehículos” societarios más comunes para crear una empresa en México son 3. A continuación, te los enumero y luego trataré de destacar las principales características de cada uno. De esta manera, podrás evaluar cuál es la tipología que prefieres.
Para un inversionista extranjero, las sociedades mexicanas más adecuadas son las siguientes:
- La Sociedad Anónima de Capital Variable (o S.A. de C.V.).
- La Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable (o S. de R.L. de C.V.).
- La Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable (o S.A.P.I. de C.V.).
¿Qué significa “Capital Variable”?
En primer lugar, como notarás, las tres tipologías son de “Capital Variable”. ¿Qué significa esto? Significa que su capital social estará representado por una parte llamada fija y una, justamente, variable.
La característica de la parte fija es que para ser modificada se necesita una asamblea extraordinaria que deberá ser formalizada (protocolizada) ante Notario e comportará una modificación de los estatutos.
La parte variable, en cambio, podrá ser modificada tanto en aumento como en disminución sin formalidades particulares, de manera mucho más sencilla y flexible. Salvo disposiciones estatutarias específicas eventualmente acordadas por los socios, una simple asamblea ordinaria sin la protocolización del Notario es suficiente (igual es recomiendable obtener una copia certificada).
¿Son sociedades de capital?
En segundo lugar, las tres tipologías mencionadas son sociedades de capital, lo que significa que gozan de la llamada autonomía patrimonial perfecta y la responsabilidad de los socios, por lo tanto, está limitada al capital invertido. Por este motivo, son preferidas y preferibles en comparación con las sociedades de personas que, aunque existen en México, casi nunca son utilizadas por inversionistas extranjeros.
La Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.)
Desde mi punto de vista, si quieres crear una empresa en México, la Sociedad Anónima de Capital Variable es la mejor opción.
El capital social está representado por acciones y no se requiere un capital mínimo para crearla. En teoría, se podría constituir con solo dos pesos mexicanos (aunque no es recomendable).
Otra peculiaridad (que la asemeja tanto a la S. de R.L. como a la S.A.P.I.) es que necesita al menos dos accionistas para ser abierta y para existir después de su creación. Estos pueden ser tanto personas físicas como personas morales y, en la gran mayoría de los casos, pueden ser todos extranjeros.
La característica que hace que este “vehículo” societario sea el más adecuado para hacer negocios en México es su gran flexibilidad. Flexibilidad que se manifiesta en varios aspectos que tienen implicaciones prácticas muy interesantes.
Por ejemplo, permite a los accionistas de incluir en los estatutos sociales cualquier tipo de acuerdo y regla útil para regular tanto las relaciones entre ellos como con terceros. Esta posibilidad, si se utiliza correctamente, conlleva beneficios importantes y evita muchos problemas.
Además, permite la emisión de diferentes clases de acciones para poder otorgar a sus respectivos titulares derechos diferentes.
También la circulación de las acciones es bastante ágil y flexible. En teoría, podría formalizarse con el simple endoso de los títulos accionarios que las representan. En la práctica, una cesión de acciones debe observar procedimientos más complejos que la simple endoso, considerando también las implicaciones fiscales que puede conllevar.
Especialmente para sociedades con una estructura accionaria más compleja (por ejemplo, para la convivencia de grupos de intereses distintos), es posible regular con precisión mecanismos específicos y restricciones para la cesión de las acciones, como el drag along y el tag along.
El órgano administrativo de una S.A. de C.V. puede estar a cargo tanto de un administrador único como de un consejo de administración. Este cargo puede ser ocupado tanto por los accionistas como por personas externas a la sociedad.
En las S.A. de C.V. es necesaria la designación de un comisario (o de un consejo de vigilancia), al que no se le podrán otorgar poderes.
El órgano supremo de la S.A. de C.V. es la asamblea de accionistas, que puede reunirse tanto en forma ordinaria como extraordinaria. También aquí, plena libertad para definir los quórums y los mecanismos para tomar acuerdos sobre materias específicas, además de poder establecer mecanismos para superar posibles situaciones de bloqueo.
Estas son solo algunas de las características de una S.A. de C.V. Sin embargo, creo que son suficientes para intuir que se trata de un tipo de sociedad extremadamente flexible y muy adecuado para hacer negocios en México, especialmente para inversionistas extranjeros.
La Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable (S. de R.L. de C.V.)
La S. de R.L. de C.V. también es una buena opción para crear una empresa en México y es bastante utilizada también por inversionistas extranjeros.
Tiene muchos aspectos en común con la S.A. de C.V., pero también diferencias.
Los principales aspectos comunes son:
- limita la responsabilidad de los socios a sus respectivas aportaciones;
- necesita al menos dos socios para ser constituida y existir; y
- no requiere un monto mínimo de capital social.
También goza de buena flexibilidad y permite a los socios establecer reglas detalladas para regular sus relaciones.
El capital social no está representado por acciones, sino por partes sociales.
A diferencia de la S.A. de C.V., no es obligatoria la designación de un órgano de vigilancia. El órgano administrativo puede ser unipersonal y se llama Gerente único. Si está compuesto por varios miembros, se llama Consejo de Gerentes.
A diferencia de la S.A. de C.V., no hay una distinción entre asamblea ordinaria y extraordinaria; sin embargo, los socios son libres de acordar diferentes quórums para cada asunto que necesitan decidir.
En general, la S. de R.L. de C.V. es un “vehículo” societario adecuado para aquellas situaciones en las que la estructura del capital social y las dinámicas entre los socios no son particularmente complejas.
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La Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable (S.A.P.I. de C.V.)
En último, te menciono algunos aspectos que caracterizan la Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable.
Como se desprende del nombre, se trata de un tipo de Sociedad Anónima. Hasta el año 2014 se diferenciaba mucho de la S.A. “ordinaria” principalmente por la flexibilidad que esta última, aún, no tenía.
La S.A.P.I., por lo tanto, representaba el mejor vehículo para promover y atraer inversiones, especialmente extranjeras. Sin embargo, con la reforma de 2014, aquellos elementos que la diferenciaban fueron extendidos también a la S.A. y estos dos tipos de sociedades (la SA y la SAPI) se han vuelto muy similares.
La S.A.P.I., sin embargo, sigue manteniendo algunas diferencias interesantes con la S.A., lo que la convierte en una alternativa válida para hacer negocios en México. Entre las principales diferencias con la S.A. se destacan las siguientes:
- La posibilidad de limitar o ampliar la distribución de dividendos mediante una disposición estatutaria expresa. En las S.A. esto no está permitido.
- En la S.A.P.I., el órgano administrativo debe ser colegiado, no se permite un administrador único.
- Los accionistas minoritarios pueden ejercer algunos derechos con un quórum inferior al previsto para las S.A.
- La S.A.P.I. puede adquirir sus propias acciones. La S.A. no puede hacerlo.
- En la S.A.P.I. es posible designar a un auditor externo adicional e independiente del comisario para ejercer un mayor control.
En resumen, a pesar de la reforma, la S.A.P.I. sigue manteniendo peculiaridades que la convierten en un vehículo muy válido, especialmente para casos en los que hay muchos inversionistas que requieren mayor protección y mayores controles.

